Argumentación Jurídica con sentido humano
jueves, 17 de agosto de 2017
lunes, 6 de julio de 2015
Podría parecer peregrino tratar de
relacionar la teoría de la argumentación y la paz; al menos en el plano
escolástico, pero en el plano pragmático tiene muchísimo sentido. Al menos en
muchos contextos nacionales, la teoría de la argumentación no llega sólo a
poner en blanco y negro las pretensiones de actores muy diversos sino sobre
todo, a pacificar. Espacios humanos en los que la carga emotiva está al máximo,
donde por cuestiones por obvias las tensiones son recurrentes y es necesario
contar con ciertos elementos mínimos para emprender una conciliación, en el
sentido más amplio del término.
Un lector suspicaz podría haber ya intuido
que se trata de un tema clave, pues si la argumentación está llamada a resolver
conflictos, su mayor vocación estaría enfocada a lograr que esos conflictos se
resolvieran por la vía pacífica y del modo más armónico posible, evitando
fricciones y mediando entre los participantes de un conflicto:
La
paz que queremos señalar es una referencia muy ambiciosa que está en el
horizonte de la humanidad, a la que queremos dirigirnos y que supone una
transformación absoluta de cuanto hacemos en el mundo. No tiene nada que ver
con el mantenimiento del statu quo,
tan lleno de injusticias y desigualdades, o la docilidad y resignación de
quienes sufren las consecuencias de ello, y sí en cambio con el
desenmascaramiento de los mecanismos de dominación, con la rebelión de quienes
se les ha usurpado el derecho a tomar decisiones, a la recuperación de la
dignidad, y con los procesos de cambio y transformación, a nivel personal,
social y estructural, que están implícitos en el traspaso de una cultura de la
violencia a una cultura de paz[1].
La paz antes que un derecho, es una actitud,
una disposición ante las vicisitudes, una forma de ver las cosas, y en ese
sentido, podríamos decir que es una epistemología. Claro que los pacíficos
deberían tener derecho a la paz, pero también es cierto que una sociedad
pacífica tiene un mejor nivel de vida; si entonces se trata de un “eje rector”
(axis) entonces podría constituir un
principio, incluso implícito en la regla aurea presente en muchas culturas del
“no hacer a otros lo que no quieras que te hagan a ti”, un principio que sería
parámetro del comportamiento personal y del social. Una argumentación derivada
de este principio debería ser propedéutica en gran medida –algo que la teoría
de la argumentación ha tratado poco- pero sobre todo debería ser armonizadora y
debería comenzarse por cuidar el lenguaje, como hemos dicho más arriba, la gran
mayoría del léxico argumentista es conflictivista, todo choca, todo es un campo
de batalla, y las metáforas e imaginarios son siempre confrontativos.
[1] FISAS, Vicenç; ARMENGOL, Vicenç Fisas, Cultura de paz y gestión de conflictos, Icaria Editorial, Barcelona,
1998, p. 19.
miércoles, 19 de septiembre de 2012
Los retos de la argumentación jurídica actual
Hoy hemos marcado como parámetro orientativo de la actividad hermnéutica la dignidad humana, el gran problema es que no sabemos nada sobre lo humano y nuestras propuestas argumentativas continuan a ser altamente formales, basta echar un vistazo a lo últimos libros cargados de fórmulas.
Este blog pretende ofrecer una propuesta diferentes y más integral, una argumenación con sentido humano.
Este blog pretende ofrecer una propuesta diferentes y más integral, una argumenación con sentido humano.
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